Multas por usar Mailchimp, Dropbox o Google Apps

 

Las empresas Españolas tienen hasta el 29 de Enero para adaptarse a la nueva normativa de la AEPD

 

Tras el fallo del Tribunal Europeo de Protección de Datos, las empresas que utilicen las herramientas MailChimp, Dropbox, Facebook, Google Drive podrán ser sancionadas con multas de 300.001 euros a 600.000 euros.

 

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El pasado 29 de octubre la Agencia Española de Protección de Datos lanzó un comunicado, indicando los pasos que han de seguir las empresas españolas que utilicen estas herramientas si no quieren ser sancionadas.

 

Cabe puntualizar, que el 29 de enero será la fecha límite establecida para que dichas empresas se adapten a la nueva normativa. Estas empresas deberán contar con una autorización explícita de sus usuarios, donde estos indicarán que permiten la transmisión de sus datos personales.

 

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